Gestión INTRASTAT

A partir de la creación del mercado único y la posterior evolución hacia la unión europea, ha supuesto la desaparición de las formalidades aduaneras entre los estados miembros y la supresión de la documentación aduanera que proporcionaba la información necesaria para la realización de la estadística del comercio entre los estados de la unión. Intrastat.gif (4904 bytes)
Intrastat La necesidad de seguir contando con las estadísticas del comercio Intra-Comunitario originó la creación de un sistema de datos a través de declaraciones periódicas presentadas por los operadores económicos que realizaban operaciones de adquisiciones y ventas Intra-Comunitarias denominadas Sistema INTRASTAT

Sofconta contempla la posibilidad de que usted precise de este servicio que, sin duda, ayuda a la toma de decisiones proporcionándole la información necesaria en el momento preciso.

Si todavía no conoce lo que es el sistema INTRASTAT, la siguiente información le puede ser de utilidad.

La persona física o jurídica obligada a suministrar la información requerida por el INTRASTAT.

La obligación de proporcionar la información requerida por el sistema INTRASTAT que incumbe a toda persona física o jurídica sujetos pasivos del I.V.A., por adquisición o ventas intra-comunitarias que intervenga en un intercambio de bienes entre Estados Miembros.

Departamento de Aduanas e II.EE. De la Agencia Estatal de Administración tributaria, a través de la oficina central INTRASTAT y las Oficinas Provinciales y Locales de INTRASTAT.

La persona jurídica obligada a suministrar la información requerida por el sistema INTRASTAT y que presenta conjuntamente con la propia, la información de otras empresas pertenecientes a su mismo grupo o holding de empresas.

La persona Residente en un Estado Miembro en la que el Obligado Estadístico delega la presentación de la declaración estadística.

Toda operación, sea o no de naturaleza comercial que tenga por efecto producir un movimiento de mercancías del tipo de las consideradas en la estadística de comercio entre Estados Miembros.

Las declaraciones INTRASTAT se pueden clasificar atendiendo a:
En razón a su CONTENIDO
                                    Declaración Normal
                                                    Declaración Rectificativa
                                                    Declaración Anulativa
                                                    Declaración Cero

En razón a la OBLIGACIÓN
                                                    Declaración Simplificada
                                                    Declaración Detallada

En razón al SOPORTE